Sentencia N° 1235 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de diciembre de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1235, Exp. 22-0702, 04/12/2024
Expediente22-0702
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-12-04
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión constitucional presentada por la abogada Andrea Carolina Huamaní Guerrero, en representación de la empresa Cervecería Polar, C.A., respecto a una decisión del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo que declaró sin lugar una apelación. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, pero declaró inadmisible la solicitud por falta de presentación de la copia certificada de la sentencia cuestionada, requisito indispensable para la admisión de este tipo de recursos.

Extracto de la motiva

MOTIVACIÓN PARA DECIDIR Determinada la competencia, esta Sala pasa a pronunciarse respecto de la solicitud de revisión constitucional presentada: La Sala fijó claros supuestos de procedencia (Vid. sent. n.° 93 del 6 de febrero de 2001; caso: “Corpoturismo”), los cuales fueron recogidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (artículo 25, numerales 10 y 11), con el propósito de evitar su empleo indiscriminado y exagerado con fundamento en el sólo interés del restablecimiento de la situación jurídica subjetiva supuestamente lesionada, en evidente colisión con su verdadera finalidad. Asimismo, se establecieron límites a su admisión y tramitación en la decisión n.° 1.963 del 21 de noviembre de 2006, caso:“Mariela Concepción Marín Freites”, en la cual se señaló que: “…no sólo basta con establecer los supuestos en que tal revisión puede proceder, sino también, los requisitos que permitan ordenar la admisibilidad de la revisión en cuanto a las denuncias constitucionales de fondo que sean presentadas, de

Dispositiva

PRIMERO: COMPETENTE para conocer la solicitud de revisión de la sentencia dictada en fecha 28 de febrero de 2020 por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, presentada por la abogada Andrea Carolina Huamaní Guerrero, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.° 296.417, actuando en su condición de apoderada judicial de la empresa CERVECERIA POLAR, C.A. SEGUNDO: INADMISIBLE la solicitud de revisión planteada.

Palabras clave

revisión constitucionalinadmisionlaboral

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