Sentencia N° 1235 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de agosto de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1235, Exp. 13-0438, 16/08/2013
Expediente13-0438
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-08-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por la abogada Edith Vázquez, en representación del ciudadano Reynel José Montiel Montiel, contra la sentencia N° 065-13 dictada el 3 de abril de 2013. Esta sentencia había declarado inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia N° 20-13 del 21 de febrero de 2013, que condenó al mencionado ciudadano a cumplir una pena de diecisiete años y seis meses por delitos de violencia sexual y física.
La Sala fundamenta su decisión en la falta de cumplimiento de los plazos establecidos para la interposición del recurso de apelación, indicando que el mismo fue presentado fuera del término legal. Se destaca que la acción de amparo no puede ser utilizada como un recurso ilimitado frente a decisiones judiciales, y que existen vías procesales ordinarias que deben ser agotadas antes de recurrir al amparo.
Finalmente, se reafirma la competencia de la Sala para conocer de la acción de amparo, pero se concluye que la pretensión es inadmisible debido a la existencia de un recurso judicial adecuado para restituir la situación jurídica infringida.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la pretensión de la parte accionante es impugnar por vía del amparo constitucional la sentencia N° 065-13 dictada el 3 de abril de 2013, por la Corte de Apelación Sección Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, mediante la cual declaró “[…] INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el Recurso de Apelación de Sentencia Definitiva interpuesto por la Abogada EDITH LEONOR VAZQUEZ DE VIELMA, obrando con el carácter de Defensora Privada del Ciudadano REYNEL JOSÉ MONTIEL MONTIEL en contra de la Sentencia Nº 20-13 de fecha 21 de Febrero de 2013, dictada por el Juzgado Único de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia (…) mediante la cual CONDENÓ al referido Ciudadano (…) a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES, más las accesorias de Ley, por encontrarse incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 43 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con la agravante genérica establecida en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes […]
Dispositiva
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Única de la Corte Superior del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO, el Recurso de Apelación de Sentencia Definitiva interpuesto por la Abogada EDITH LEONOR VAZQUEZ DE VIELMA, obrando con el carácter de Defensora Privada del Ciudadano REYNEL JOSÉ MONTIEL MONTIEL, en contra de la Sentencia Nº 20-13 de fecha 21 de Febrero de 2013, dictada por el Juzgado Único de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en la causa signada bajo el Nº VP02-S-2012-003066, mediante la cual CONDENÓ al referido Ciudadano REYNEL JOSÉ MONTIEL MONTIEL, a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES, más las accesorias de Ley, por encontrarse incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA SEXUAL y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 43 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con la agravante genérica establecida en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Palabras clave
Amparo ConstitucionalInadmisibilidadViolencia de género