Sentencia N° 1232 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de junio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1232, Exp. 07-0269, 25/06/2007
Expediente07-0269
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, en relación a una acción de amparo constitucional interpuesta por Margarita Márquez contra la Zona Educativa del Estado Anzoátegui. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, dado que no existía un tribunal superior común a ambos juzgados involucrados en el conflicto.
Extracto de la motiva
Pasa la Sala a dirimir el conflicto negativo de competencia planteado y, en primer lugar, observa que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, en sentencia del 29 de noviembre de 2006, declinó en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana Margarita Márquez, con fundamento en lo siguiente: '...Expone la parte accionante que el 1 de Diciembre de 2004, comenzó a prestar servicios laborales en la Institución Educativa ‘Escuela Técnica Industrial Eugenio Mendoza’, mediante contrato de servicios laborales, el cual venció en fecha 31 de julio de 2005. Que habiendo vencido el referido contrato siguió prestando servicios laborales hasta julio de 2006. Que la Zona Educativa la desincorporó del sistema de nómina, sin haberla notificado, configurando el hecho un despido. Por los argumentos esgrimidos solicita amparo en el goce de los derechos y garantías constitucionales.'
Dispositiva
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor-Oriental, con ocasión de la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana Margarita Márquez, conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra la Zona Educativa del Estado Anzoátegui; 2) Que el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI al que corresponda conocer según la distribución de la causa, el órgano jurisdiccional COMPETENTE para conocer y decidir la tutela constitucional incoada por la ciudadana Margarita Márquez, contra la Zona Educativa del Estado Anzoátegui; y 3) ORDENA la publicación del presente fallo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Palabras clave
amparo constitucionalconflicto de competenciazona educativaderechos laboralesdespidojurisdicción laboralnotificación