Sentencia N° 1231 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de junio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1231, Exp. 07-0404, 25/06/2007
Expediente07-0404
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por Rigoberto Zabala contra la sentencia núm. 169/2007 de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de presentación de la copia certificada del fallo impugnado, lo que es un requisito indispensable para la verificación de la admisibilidad de la revisión. La Sala reafirma su competencia para conocer de este tipo de solicitudes, pero subraya la importancia de cumplir con los requisitos formales establecidos por la ley.

Extracto de la motiva

La vía extraordinaria de revisión ha sido concebida como un medio para preservar la uniformidad de la interpretación de las normas y principios constitucionales, o para corregir graves infracciones a sus principios o reglas. Su extraordinariedad justifica la manera selectiva con que se juzga la admisibilidad de las solicitudes interpuestas, pues la Sala no está vinculada a las peticiones que se hagan en este sentido. Ahora bien, realizado el estudio del presente expediente, la Sala observa que el solicitante acompañó su escrito de solicitud de revisión extraordinaria con una copia simple de la sentencia impugnada, cuando lo propio era que consignara copia certificada del pronunciamiento objetado. El no haber consignado la copia certificada del fallo que habría emitido la Corte Primera de lo Contencioso-Administrativo, obliga a declarar la inadmisibilidad de la solicitud, con arreglo a lo que establece el párrafo sexto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, por cuanto no se acompañó el documento indispensable para verificar si la revisión es admisible.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión formulada por el ciudadano Rigoberto Zabala, contra la sentencia núm. 169/2007 del 31 de enero, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

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