Sentencia N° 1230 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1230, Exp. 20-0480, 14/08/2023
Expediente20-0480
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-14
DecisiónOfíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

Resumen

La Sala Constitucional recibió una solicitud de revisión de sentencia presentada por Chahid Kamil Aboul Hons, en su carácter de presidente de la sociedad mercantil INVERCORE, C.A. La solicitud se refiere a una sentencia proferida por la Sala de Casación Civil en diciembre de 2019. A lo largo del proceso, se realizaron diversas actuaciones, incluyendo la solicitud de información a otros tribunales y la presentación de escritos complementarios por parte de los representantes judiciales de la solicitante.

Extracto de la motiva

El único aparte del artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia atribuye a esta Sala Constitucional la competencia para dictar autos para mejor proveer en las causas sometidas a su conocimiento que no requieren sustanciación, tal como ocurre con la revisión constitucional. En tal sentido, en el caso de autos, resulta menester solicitar al Servicio Autónomo de Registros y Notarías que informe a esta Sala si en sus registros consta un poder conferido por el ciudadano Nayib Abdul Khalek Nouihed, identificado con la cédula de identidad número 13.598.491, a los abogados Máximo Burguillos, David Rondón y María Castro, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 51.129, 18.455 y 131.959, respectivamente y, de ser así, los datos de autenticación del mismo. En consecuencia, se ordena al Servicio Autónomo de Registros y Notarías que, en el lapso de cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción del presente auto, remita a esta Sala la información solicitada con la advertencia que, la omisión de remitir la información requerida, pudiera acarrear la aplicación de la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

Ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

revisión constitucionalpodernotaríascompetenciasanciones

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