Sentencia N° 123 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de febrero de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 123, Exp. 10-0944, 25/02/2011
Expediente10-0944
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-02-25
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Heber Villalobos y Omar Alvarado contra el Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria. La decisión se basa en la falta de legitimidad y representación de los demandantes, quienes no acreditaron su calidad de representantes del personal obrero y administrativo de la Universidad del Zulia. La Sala fundamenta su decisión en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que establece las causales de inadmisión de la demanda.
Extracto de la motiva
La Sala, conforme a la norma transcrita y los criterios de competencia citados, se declara competente para conocer, en primera y única instancia la acción de amparo constitucional interpuesta. Así se declara. En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos HEBER VILLALOBOS y OMAR ALVARADO, contra el Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos HEBER VILLALOBOS y OMAR ALVARADO, contra el Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria.
Palabras clave
derechos difusosderechos colectivosacción de amparolegitimaciónintereses colectivosintereses difusosconstituciónderechos fundamentales