Sentencia N° 1228 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2022

TSJ/SC, Sent. N° 1228, Exp. 19-0693, 15/12/2022
Expediente19-0693
PonenteTANIA D´AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2022-12-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de amparo constitucional interpuesto por el abogado Roberto De Jesús Delgado García, en representación de Jorge Eduardo Martínez Barrios, por abandono de trámite. Se establece que la parte actora no ha realizado actuaciones procesales válidas durante más de seis meses, lo que indica falta de interés en obtener la tutela constitucional demandada. Además, se impone una multa a la parte accionante por incumplimiento de las obligaciones procesales.

Extracto de la motiva

motiva que: 1)- promovió pruebas , 2)- Que asistió a la audiencia de conciliación y con relación al 3er supuesto, de manera textual: 3) y por último, esta Sala advierte que aún no se ha llevado a cabo la audiencia de apertura del juicio oral y público, y como se explicó con anterioridad, de las fijaciones que ha hecho el tribunal de instancia para llevar a cabo la audiencia, el acusador no ha comparecido a algunas audiencias fijadas, no obstante, el mismo cuenta con su apoderado judicial, quien presento escritos de justificación de ausencia en las oportunidades en las cuales la parte acusadora y el mismo no han asistido... ‘ omissis insistiendo más adelante, que mal puede establecer el apelante que la parte acusadora no ha comparecido en las fechas fijadas por el juzgado a juicio, por cuanto el poder especial otorgado al mencionado profesional del derecho lo faculta para representar a la víctima en todos los actos fijados por el tribunal aquo…” (Sic). Que “en cuanto a la violación al debido proceso, y con ello de manera implícita la defensa a los derechos de las víctimas, la tutela judicial efectiva, la doctrina comparada, al estudiar el contenido y alcance de esta garantía, ha precisado que se trata de un derecho complejo que encierra dentro de sí, un

Dispositiva

Se declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Roberto De Jesús Delgado García, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano Jorge Eduardo Martínez Barrios. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 0032-19 de fecha 19 de julio de 2019, dictada por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.

Palabras clave

debido_procesotutela_judicialacción_de_amparoprescripción_penalderechos_víctimasconstituciónjurisprudencia

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