Sentencia N° 1226 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de junio de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1226, Exp. 04-0281, 28/06/2004
Expediente04-0281
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-06-28
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia homologó el desistimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por UNIBOX C.A. a través de su apoderado judicial, Aníbal Montenegro Díaz. La acción fue presentada contra un auto del Juzgado Primero de Primera Instancia que había declarado inadmisible la pretensión deducida. La Sala determinó que el desistimiento era procedente y no involucraba derechos de orden público, permitiendo así la homologación solicitada por la parte actora.
Extracto de la motiva
En el proceso de amparo, el desistimiento es el mecanismo unilateral de autocomposición procesal que permite al accionante manifestar su voluntad de abandonar su pretensión de amparo constitucional, en virtud de haber decaído su interés inmediato en la restitución de la situación jurídica infringida. En tal sentido, el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales dispone lo siguiente: 'Artículo 25. Quedan excluidas del procedimiento constitucional del amparo todas las formas de arreglo entre las partes, sin perjuicio de que el agraviado pueda, en cualquier estado y grado de la causa, desistir de la acción interpuesta, salvo que se trate de un derecho de eminente orden público o que pueda afectar las buenas costumbres.' La disposición citada excluye entonces la posibilidad de que las partes, unilateral o bilateralmente, compongan la litis mediante los mecanismos que nos brinda el ordenamiento positivo, permitiendo, en único caso, el desistimiento del presunto agraviado, siempre y cuando en la acción no estén involucrados intereses de estricto orden público.
Dispositiva
HOMOLOGA el desistimiento de la acción de amparo constitucional propuesta por el abogado Aníbal Montenegro, en su condición de apoderado judicial de Unibox C.A., contra el auto dictado, el 23 de septiembre de 2003, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al tribunal de origen.
Palabras clave
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