Sentencia N° 1225 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de octubre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1225, Exp. 12-1320, 03/10/2014
Expediente12-1320
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-10-03
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia núm. 290, donde se declara la terminación del procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por GEOSERVICES S.A. contra una decisión del Juzgado Primero Superior del Trabajo. La Sala argumenta que la parte actora no realizó actos de procedimiento durante más de seis meses, lo que se considera abandono del trámite. Además, se revoca la medida cautelar que suspendía los efectos de la decisión impugnada y se impone una multa a la parte accionante por el entorpecimiento de las labores del Tribunal.

Extracto de la motiva

La Sala considera importante destacar que la señalización de las fases del procedimiento de amparo reseñado en el presente fallo, sólo se realizó con fines ilustrativos, por lo que el cómputo de los seis meses (6) para declarar el abandono del trámite se realiza desde la última actuación procesal válida, independientemente de la etapa en que la misma se haya efectuado. Con fundamento en lo expuesto, y por cuanto en el presente caso la Sala considera que no existen elementos de juicio que permitan afirmar que los hechos que motivaron la interposición del amparo involucren afectación alguna al orden público ni a las buenas costumbres, se declara el abandono, por parte de la actora, del trámite correspondiente a la presente acción de amparo constitucional, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y, en consecuencia, terminado el procedimiento.

Dispositiva

PRIMERO: TERMINADO DEL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta conjuntamente con medida cautelar por el apoderado judicial de la sociedad mercantil GEOSERVICES S.A., contra la sentencia dictada, el 1 de marzo de 2012, por el Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. SEGUNDO: REVOCA la medida cautelar innominada consistente en la suspensión de los efectos de la decisión emitida por el Juzgado Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, el 1 de marzo de 2012. TERCERO: Se IMPONE a la parte accionante una multa por la cantidad de cinco bolívares (Bs. 5,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas bancarias receptoras de fondos nacionales.

Palabras clave

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