Sentencia N° 1224 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1224, Exp. 23-0733, 14/08/2023
Expediente23-0733
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-14
DecisiónSuspender temporalmente los efectos de la sentencia
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la presente decisión, suspende temporalmente los efectos de una sentencia dictada el 6 de agosto de 2021, en un juicio de retracto legal. La solicitud de revisión fue presentada por EXIT LIBRERÍA C.A. debido a la inminente ejecución de la sentencia que podría despojar a la empresa de su propiedad. La Sala considera que la ejecución de dicha sentencia podría violar el principio de irretroactividad de la ley y afectar el orden público constitucional.
Extracto de la motiva
Sin embargo, la ejecución de una sentencia “prima facie” violatoria del principio de irretroactividad, podría poner en riesgo no solamente los derechos del particular solicitante de la revisión, sino también pudiera afectarse el orden público constitucional. En fuerza de lo antes expresado, para esta Sala Constitucional resulta razonable suspender temporalmente los efectos de la sentencia dictada el 6 de agosto de 2021, y su aclaratoria, del 19 de agosto de ese mismo año, dictadas por el Juzgado Superior Undécimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, conociendo en alzada, del juicio de retracto legal intentado por la ciudadana Virginia Santos Guerrero, titular de la cédula de identidad N° 9.353.617, contra la ciudadana Belkis del Carmen Santamaría Colmenares, titular de la cédula de identidad N° 5.542.455, y EXIT LIBRERÍA C.A.; hasta tanto se dicte el pronunciamiento de mérito respectivo en la presente causa. Así se decide. De igual modo y en atención al señalado principio de la racionalidad de la potestad cautelar en materia de revisión constitucional, esta Sala, visto que desconoce si el acto registral de la referida sentencia se encuentra ejecutado; decreta cautelarmente medida de prohibición de enajenar y gravar del inmueble objeto de la demanda judicial contenida en el expediente distinguido con el alfanumérico AP-31-F-V-2016-000354, nomenclatura del Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, todo ello hasta tanto se resuelva el mérito de la revisión solicitada. Así también se decide.
Dispositiva
Se ACUERDA SUSPENDER temporalmente los efectos de la sentencia dictada el 6 de agosto de 2021, y su aclaratoria, del 19 de agosto de ese mismo año, hasta tanto se dicte el pronunciamiento de mérito respectivo en la presente causa.
Palabras clave
revisión constitucionalsuspensión de efectosirretroactividad