Sentencia N° 1222 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de junio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1222, Exp. 07-0385, 25/06/2007
Expediente07-0385
PonenteARCADIO DE JESÚS DELGADO ROSALES
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-25
DecisiónOfíciese lo conducente.

Resumen

La Sala Constitucional revisa una solicitud de revisión de una sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró inadmisible un recurso contencioso administrativo. El abogado del solicitante argumenta que se violaron derechos fundamentales al considerar presupuestos de admisibilidad derogados y al incurrir en ultrapetita. La Sala decide solicitar el expediente original para formarse mejor criterio sobre la procedencia de la revisión.

Extracto de la motiva

Ahora bien, visto los términos en que quedó planteada la presente solicitud, la Sala, por cuanto surgen serias dudas acerca de la determinación de la procedencia de la revisión y a los fines de formarse mejor criterio, considera necesario solicitar el expediente original que cursa ante el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en virtud de que la causa principal fue declarada inadmisible y, en consecuencia, no hay más actuaciones que practicar.

Dispositiva

En consecuencia, se ordena oficiar al referido Juzgado Superior que conoció de la querella funcionarial, para que dentro del lapso de dos (2) días siguientes a su notificación, remita a esta Sala, el expediente distinguido con el N° 3010 (de la nomenclatura de ese Juzgado) contentivo de la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano Roberto Antonio Mendoza Rodríguez contra la Cámara del Municipio Libertador del Distrito Capital, de conformidad con la sentencia N° 930/2007 del 18 de mayo. Se advierte al prenombrado Juzgado que el incumplimiento a la orden de este auto acarreará la imposición de la multa que establece el artículo 23.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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