Sentencia N° 1222 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de junio de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1222, Exp. 06-0704, 19/06/2006
Expediente06-0704
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-06-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Ponente Marcos Tulio Dugarte Padrón, se pronunció sobre la solicitud de revisión de la sentencia N° 158 dictada por la Sala de Casación Penal. La abogada Marcelina Viloria Andará de Uzcategui solicitó la revisión argumentando la falta de pronunciamiento sobre la radicación del juicio en el Estado Mérida, lo que consideró una violación de principios constitucionales. La Sala, tras analizar la solicitud, concluyó que no se presentó copia certificada del fallo impugnado, lo que es necesario para admitir la revisión.

Extracto de la motiva

La Sala ha considerado que quien pide una revisión debe presentar copia certificada del fallo a revisarse, no pudiendo suplantarse el mismo, ni siquiera por la vía del artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, ya que en materia de revisión no hay contraparte que controle lo aportado por el solicitante. De allí que, a juicio de la Sala, quien incoa una revisión tiene la carga de aportar al Tribunal copia certificada de la decisión impugnida, por no ser función de la Sala recabar dicho fallo, y sin que esto menoscabe la facultad de la Sala de fijar los hechos en base a los conocimientos adquiridos como órgano judicial.

Dispositiva

Por las razones que antes fueron expuestas, esta Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión interpuesta por la abogada Marcelina Vitoria Andará de Uzcategui, defensora privada del ciudadano ATILIO ROGER GOTOPO PETIT, respecto de la decisión N° 158 del 20 de abril de 2006, que dictó la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

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