Sentencia N° 1218 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de septiembre de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1218, Exp. 09-0423, 30/09/2009
Expediente09-0423
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-09-30
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Edy Siboney Calderón Suescún contra decisiones de la jueza Tanya María Picón Guédez. La accionante alegó violaciones a sus derechos constitucionales en el proceso judicial relacionado con la protección de niños, argumentando que las decisiones impugnadas menoscababan su derecho a la defensa y al debido proceso. La Sala, tras analizar los alegatos, decidió declarar con lugar la acción de amparo, ordenando la suspensión de los efectos de la sentencia cuestionada y la notificación a las juezas involucradas para que comparezcan ante la Sala.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la acción de amparo, consideró que las decisiones impugnadas por la accionante, en su carácter de Jueza Titular, vulneraban sus derechos constitucionales, específicamente el derecho a la defensa y el debido proceso. Se argumentó que las actuaciones de las juezas involucradas en el proceso no se ajustaron a los principios establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo que generó un retardo judicial innecesario y afectó la imparcialidad del proceso. La Sala concluyó que, al no haberse garantizado el derecho a ser juzgado por un juez natural, se configuraron violaciones a las garantías constitucionales de la accionante.
Dispositiva
PRIMERO.- Se ADMITE la acción de amparo constitucional ejercida por la abogada EDY SIBONEY CALDERÓN SUESCÚN, actuando con el carácter de Jueza Titular integrante de la Corte Superior Primera Accidental del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, asistida de abogado contra las decisiones dictadas por la jueza Tanya María Picón Guédez, el 15 de octubre de 2008, en el asunto AZ51-X-2008-0008884, en su carácter de Jueza integrante de la Corte Superior Primera Accidental del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional y el auto que negó la solicitud de aclaratoria y ampliación del referido fallo, dictado el día 24 próximo siguiente, en el mismo asunto, “pero esta vez en su carácter de Jueza integrante de la Corte Superior Segunda del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional”; y contra el auto que negó el recurso de casación, dictado el 19 de noviembre de 2008, en el mismo juicio por las Juezas Enoé Carrillo Castellanos y Tanya María Picón Guédez, en su carácter de Juezas integrantes de la Corte Superior Primera Accidental del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. SEGUNDO.- Se ORDENA la notificación a las Juezas integrantes de la Corte Superior Primera Accidental y Corte Superior Segunda del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, señaladas como agraviantes, o quien haga sus veces, para que comparezcan ante la Secretaría de esta Sala, a fin de conocer el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública, la cual será fijada dentro de las noventa y seis horas siguientes a la oportunidad en que conste en el expediente la última de las notificaciones que se realice.