Sentencia N° 1217 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de agosto de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 1217, Exp. 23-0122, 14/08/2023
Expediente23-0122
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-08-14
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión presentada por la sociedad mercantil Excelsior Gama Supermercados, C.A. contra la sentencia dictada el 7 de diciembre de 2022, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto contra un fallo anterior que había declarado con lugar una demanda de nulidad de un acto administrativo. La Sala determinó que la revisión no procedía, ya que no se evidenciaron infracciones grotescas de interpretación de normas constitucionales ni se desconocieron criterios establecidos por la Sala.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 3 de 10 Decantado lo anterior se decide conforme a los hechos controvertidos en la presente acción todo ello a los fines de revisar la legalidad y conformidad en derecho de la sentencia de instancia. Para decidir sobre la presente controversia, se debe disertar primeramente sobre las pruebas aportadas y evacuadas en Sede Administrativa, en este sentido se puede apreciar que las conclusión arribada por la Inspectoría del Trabajo en su Providencia Administrativa, la cual guarda relación con el presente asunto, se circunscribe en la ratificación de informe realizada por el ciudadano EDIL SOTO DÍAZ, titular de la cédula de identidad N° E-83.492.764, en fecha 11 de mayo de 2017 (folio 160, pieza N° 1), de la documental identificada como ‘A’ (folio 148, de la misma pieza), denominada Inf

Dispositiva

NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional presentada por la apoderada judicial de la sociedad mercantil EXCELSIOR GAMA SUPERMERCADOS, C.A., de la sentencia dictada el 7 de diciembre de 2022, por el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar el recurso de apelación ejercido contra la sentencia proferida el 10 de marzo de 2022.

Palabras clave

incongruenciarecurso de nulidadsentenciaderecho administrativodebido procesopruebastestigos

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