Sentencia N° 1216 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de julio de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1216, Exp. 25-0061, 28/07/2025
Expediente25-0061
PonenteDRA. TANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-07-28
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara no ha lugar la solicitud de revisión constitucional presentada por los ciudadanos Luisa Elena Farías Morales y otros, respecto a la sentencia N° 362 dictada por la Sala de Casación Civil. La Sala concluye que no se incurrió en errores grotescos en la interpretación de la Constitución y que los alegatos presentados por los solicitantes han sido debatidos en todas las instancias del proceso. Además, se revoca una medida cautelar previamente decretada y se declara firme la decisión del Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
Extracto de la motiva
MOTIVA Una vez revisadas las actuaciones por esta Superioridad (sic), pasa a dictar sentencia tomando en cuenta que: Todo ciudadano tiene derecho de acceder a los órganos de administración de justicia para que le sean resueltas sus pretensiones. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 18 ‘Así pues se constituye el acceso a los órganos de justicia como una garantía que el Estado debe asegurarle a sus ciudadanos, cuyo contenido radica en la posibilidad de que los mismos se sientan en la plena libertad de acud
Dispositiva
Se declara: PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer la presente solicitud de revisión. SEGUNDO: NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional presentada por los ciudadanos LUISA ELENA FARÍAS MORALES, BELKIS JOSEFINA FARÍAS MORALES, ROSALBA FARÍAS MORALES y LUISMER FARÍAS CARET, de la sentencia N° 362 dictada el 21 de junio de 2024, por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, en el expediente signado bajo el alfanumérico AA20- C-2024-000217, que declaró sin lugar el recurso extraordinario de casación propuesto por los solicitantes, contra el fallo proferido por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en fecha 5 de febrero de 2024.
Palabras clave
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