Sentencia N° 1214 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de junio de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 1214, Exp. 04-1403, 15/06/2005
Expediente04-1403
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-06-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por el ciudadano Raúl José Romero Ramírez, quien había solicitado un amparo constitucional contra decisiones de un juzgado inferior. La Sala determinó que se habían violado los derechos al debido proceso y a la defensa, al no notificarse adecuadamente a las partes sobre decisiones relevantes en el proceso. En consecuencia, se declaró con lugar el amparo y se revocaron las decisiones impugnadas.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al analizar el caso, concluyó que el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas había incurrido en violaciones al debido proceso al no notificar a las partes sobre el auto de reposición de la causa. Esto impidió que el demandante pudiera ejercer su derecho a la defensa y a presentar pruebas en el proceso. La Sala enfatizó la importancia de la notificación en el marco del debido proceso, conforme a lo establecido en la Constitución y en el Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida y, en consecuencia, CONFIRMA la sentencia dictada 3 de mayo de 2002, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, que declaró con lugar el amparo propuesto por el ciudadano RAÚL JOSÉ ROMERO RAMÍREZ, contra las decisiones dictadas el 30 de abril y 3 de mayo de 2001, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.

Palabras clave

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