Sentencia N° 1213 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de agosto de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1213, Exp. 13-0452, 16/08/2013
Expediente13-0452
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-08-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por José Omar Araque Rodríguez contra la actuación del Teniente Arnesto Rodríguez González, quien impidió el sacrificio y movilización de ganado. La Sala declaró inadmisible la acción, argumentando que el recurrente no agotó la vía ordinaria antes de recurrir al amparo, lo que contraviene lo establecido en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Además, se determinó que el Juzgado Superior Agrario es el competente para conocer de este tipo de acciones en materia agraria.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara competente para conocer del conflicto negativo de competencia, surgido entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Zulia y Falcón, con ocasión de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ OMAR ARAQUE RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad n.° 18.372.642, asistido por el abogado Gustavo Adolfo Meléndez Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.° 15.018, contra la actuación efectuada por el Teniente Arnesto Rodríguez González, en su condición de Comandante de la Primera Compañía del Destacamento n.° 32 del Comando Regional n.° 3, Guardia Nacional Bolivariana. La Sala, sin embargo, reconoció la potencialidad de la jurisdicción contencioso-administrativa, y dentro de ella, la de la jurisdicción contencioso especial agraria, y en el fallo del 16 de marzo de 2005, nº 262 (caso: Asociación Cooperativa Agrícola y de Usos Múltiples ‘Valle Plateado’). La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara competente para conocer del conflicto negativo de competencia, surgido entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Zulia y Falcón, con ocasión de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ OMAR ARAQUE RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad n.° 18.372.642, asistido por el abogado Gustavo Adolfo Meléndez Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.° 15.018, contra la actuación efectuada por el Teniente Arnesto Rodríguez González, en su condición de Comandante de la Primera Compañía del Destacamento n.° 32 del Comando Regional n.° 3, Guardia Nacional Bolivariana.
Dispositiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara competente para conocer del conflicto negativo de competencia, surgido entre el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia y el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Zulia y Falcón, con ocasión de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ OMAR ARAQUE RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad n.° 18.372.642, asistido por el abogado Gustavo Adolfo Meléndez Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.° 15.018, contra la actuación efectuada por el Teniente Arnesto Rodríguez González, en su condición de Comandante de la Primera Compañía del Destacamento n.° 32 del Comando Regional n.° 3, Guardia Nacional Bolivariana. Se condena al recurrente al pago de las costas procesales por su vencimiento total.
Palabras clave
amparo constitucionalconflicto de competenciaderechos constitucionalesGuardia Nacional Bolivarianaactividad agraria