Sentencia N° 121 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de marzo de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 121, Exp. 15-0786, 11/03/2016
Expediente15-0786
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-03-11
DecisiónHa Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, que había declarado con lugar un recurso de apelación y ordenado la reposición de la causa al estado de que se dictara nueva sentencia. La Sala concluyó que el Juzgado Superior incurrió en un error al no decidir sobre el fondo del asunto, lo que vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva y resultó en una reposición inútil. Por lo tanto, se declaró nula la decisión del Juzgado Superior y se ordenó que un nuevo Juzgado Superior se pronuncie sobre el recurso de apelación interpuesto.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Civil, en sentencia n.° RC000187 del 23 de abril de 2013, señaló lo siguiente: 'En este mismo orden de ideas, se pronunció esta Sala en sentencia N° RC. 00255, de fecha 12 de junio de 2003, caso: Ynateh Josefina Cárdenas Morillo contra Gelvis José Morillo expediente N° 02-209, al indicar lo siguiente: '…Cabe señalar, que en nuestro proceso civil desapareció la norma que permitía al juez declarar la nulidad de la sentencia de primera instancia y reponer la causa al estado de que se dictara una nueva, corrigiendo el vicio detectado por el Tribunal (sic) Superior (sic). Así, con el sistema acogido por el vigente Código de Procedimiento Civil, ya no es posible declarar la nulidad y reposición de la causa, si estas (sic) no tienen por objeto corregir quebrantamientos de formas procesales que hayan impedido o limitado alguna de las partes el ejercicio de la defensa en el juicio.'
Dispositiva
1. HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional que interpuso el abogado Alan Rafael Rodríguez, en representación de la empresa GRANITOS DE ANZOÁTEGUI, C.A. 2. NULA la decisión que dictó el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, el 5 de marzo de 2015. 3. Se ORDENA a un nuevo Juzgado Superior en lo Civil del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, se pronuncie sobre el recurso de apelación incoado contra la sentencia dictada por el Juzgado del Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar el 29 de abril de 2013.