Sentencia N° 1204 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de julio de 2011

TSJ/SC, Sent. N° 1204, Exp. 11-0778, 25/07/2011
Expediente11-0778
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-07-25
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por Arturo Rafael Canova contra la sentencia de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que había declarado inadmisible su amparo constitucional. La Sala fundamentó su decisión en que el demandante no había ejercido el recurso de apelación contra el fallo que impugnaba, lo que constituía una causal de inadmisibilidad según la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Además, se destacó que existían mecanismos procesales ordinarios que el demandante no había utilizado para hacer valer sus derechos.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la decisión objeto de apelación declaró la inadmisión de la demanda con base en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, toda vez que la parte actora no ejerció el recurso de apelación contra el fallo que constituye el objeto de impugnación en el amparo de autos. Además, la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo respecto de la denuncia de que el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Nor Oriental sería incompetente para decidir la causa, indicó que no habría la incompetencia denunciada, pues el demandante contaba con el recurso de regulación de competencia. En efecto, la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo señaló que 'atendiendo a las motivaciones expresadas y existiendo el recurso de apelación como un medio judicial eficaz –o en todo caso, la regulación de competencia–, que conforme a lo alegado y la documentación cursante en autos resultaban en principio idóneos para obtener la restitución de la situación que se dice lesionada, es por lo que resulta forzoso declarar inadmisible la presente acción de amparo a tenor de lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales'. Esta Alzada considera que la sentencia recurrida en apelación se dictó conforme a derecho, por cuanto, tal y como lo apuntó la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, la acción de amparo constitucional bajo examen se encuentra incursa en la causal de inadmisibilidad contenida en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, cuyo sentido y alcance ha sido analizado con anterioridad por esta Sala en sentencia Nº 2.369 del 23 de noviembre de 2001, caso: 'Parabólicas Service's Maracay, C.A.'

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación que el ciudadano ARTURO RAFAEL CANOVA ejerció contra la sentencia que dictó, el 18 de noviembre de 2008, la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, decisión que SE CONFIRMA. Publíquese, regístrese. Remítase copia certificada de la sentencia a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.

Palabras clave

amparoinadmisibilidadapelaciónjurisdicciónderechosgarantíascompetencia

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