Sentencia N° 1203 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de julio de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1203, Exp. 11-0779, 25/07/2011
Expediente11-0779
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-07-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de amparo constitucional interpuesto por Mariela del Carmen Ramírez contra decisiones de un Juzgado Superior que declaró inadmisible su pretensión. La Sala determinó su competencia para conocer el recurso y observó que el Juzgado Superior no era el competente para conocer la pretensión de amparo, ya que esta debía ser conocida por un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil. En consecuencia, la Sala revocó la decisión del Juzgado Superior y ordenó la reposición de la causa al Juzgado de Primera Instancia correspondiente para que se pronuncie sobre la admisibilidad de la demanda de amparo.
Extracto de la motiva
Esta Sala considera que en el caso sub júdice el Tribunal competente para conocer en primera instancia constitucional la pretensión de amparo interpuesta por la ciudadana Marly Rojas Voltani contra la sentencia dictada el 28 de enero de 2010 por el Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, es el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por ser el referido Juzgado de primera instancia el Tribunal superior de aquel que dictó la sentencia accionada en la materia afín con la naturaleza de los derechos denunciados como violados. Queda así resuelto el conflicto negativo de competencia planteado ante esta Sala Constitucional. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, el 17 de mayo de 2011, y ORDENA la reposición de la causa al estado de que el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas que corresponda previa distribución de la causa se pronuncie respecto a la admisibilidad de la demanda de amparo interpuesta por la ciudadana MARIELA DEL CARMEN RAMÍREZ contra las decisiones que expidió, el 1° y 20 de diciembre de 2010, el Juzgado Segundo del Municipio Barinas de esa misma Circunscripción Judicial.