Sentencia N° 1199 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de diciembre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 1199, Exp. 24-0497, 04/12/2024
Expediente24-0497
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2024-12-04
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia el 4 de diciembre de 2024, en la que se admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Edilee Josefina Méndez Córdova contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. La acción se fundamentó en la violación de derechos constitucionales, específicamente el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, tras la nulidad de una sentencia de sobreseimiento dictada el 15 de diciembre de 2022.
La Corte de Apelaciones había declarado con lugar las apelaciones interpuestas por el Ministerio Público y la parte demandante, a pesar de que la defensa argumentó que el recurso del Ministerio Público era inadmisible por extemporáneo. La Sala Constitucional consideró que la decisión de la Corte de Apelaciones violó principios constitucionales y ordenó la nulidad de la sentencia impugnada, reafirmando la validez del sobreseimiento dictado anteriormente.
Finalmente, se solicitó la suspensión del proceso penal en curso, argumentando que los hechos denunciados no revisten carácter penal, y se ordenó la remisión del expediente correspondiente para su revisión.
Extracto de la motiva
Todo lo anteriormente expuesto, permite concluir que la decisión dictada el 20 de diciembre de 2023, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, al realizar una inepta acumulación de pretensiones y, declarar con lugar los dos recursos de apelaciones, a sabiendas, (porque esta defensa lo alegó), que el recurso interpuesto por el Ministerio Público, era manifiestamente inadmisible por extemporáneo, cometió un error in procedendo jurisdiccional violando los principios constitucionales a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Igualmente, esta sentencia ha violado los principios constitucionales de confianza leg[í]tima y expectativa plausible, porque nuestra defendida y su defensa estaban completamente convencidos que la Corte de Apelaciones, en primer lugar, tramitaría los recursos por las normas de procedimiento previsto para la apelación de auto, dado que la naturaleza jurídica de la sentencia impugnada es un ‘auto interlocutorio con fuerza definitiva que pone fin al proceso’, siendo recurrible en apelación, conforme a lo establecido en los artículos 439,440, 441 y 442 del Código Orgánico Procesal Penal, tal y como lo señala la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia 187 de fe...
Dispositiva
Se declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Edilee Josefina Méndez Córdova contra la sentencia dictada el 20 de diciembre de 2023 por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, y se ordena la nulidad de dicha sentencia, confirmando el sobreseimiento dictado el 15 de diciembre de 2022.
Palabras clave
amparo constitucionaltutela judicial efectivadebido procesonulidad de sentenciasobreseimiento