Sentencia N° 1199 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de junio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1199, Exp. 02-1834, 25/06/2007
Expediente02-1834
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2007-06-25
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a solicitud de la abogada Mariana García, aclara la sentencia N° 2156 del 6 de diciembre de 2006, que declaró extinguida la instancia por pérdida del interés de la parte recurrente. La Sala reconoce que el desistimiento de las empresas recurrentes no fue homologado adecuadamente, lo que llevó a confusión en la parte dispositiva de la sentencia. Se establece que Argus Publicidad, C.A. preserva su interés en el proceso, lo que justifica la aclaratoria solicitada.
Extracto de la motiva
En el caso de autos, esta Sala observa que el texto íntegro de la sentencia cuya aclaratoria se solicita fue publicado el 6 de diciembre de 2006, y la parte actora presentó su petición el 2 de mayo de 2007, oportunidad en la que tuvo conocimiento de la anterior decisión; asimismo, se advierte que no existe ningún elemento de convicción que permita a esta Sala determinar que la parte solicitante conoció de la sentencia antes de la presentación de la correspondiente solicitud de aclaratoria, por lo que al haberse dado por notificada del fallo el mismo día que formuló la solicitud de aclaratoria se considera tempestiva al verificarse dentro del lapso legal correspondiente. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de aclaratoria de la sentencia N° 2156 dictada por esta Sala, el 6 de diciembre de 2006, ejercida por la apoderada judicial de Argus Publicidad, C.A. Publíquese y regístrese.
Palabras clave
aclaratoriadesistimientointeréssentenciapublicidadinconstitucionalidadCódigo de Procedimiento CivilSala Constitucional