Sentencia N° 1197 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de junio de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1197, Exp. 05-1394, 16/06/2006
Expediente05-1394
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-06-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en relación a una acción de amparo constitucional interpuesta por Sandra Milena Carrascal Ruedas contra Juan Carlos Mora Mora. La Sala determinó que el tribunal competente para conocer del amparo era el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, dado que los hechos alegados por la demandante involucraban derechos de naturaleza civil y agraria.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional establece que, en virtud de la naturaleza del derecho violado y del proceso relacionado, la competencia para conocer de la acción de amparo corresponde a la jurisdicción civil. Se argumenta que los hechos que motivaron el amparo derivan de la actuación del co-heredero del causante, quien se apropió de los bienes dejados por el de cuius, en el inmueble donde la accionante vivía. La Sala concluye que, dado el contexto de la relación concubinaria y los derechos alegados, el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil es el competente para conocer y decidir el presente amparo constitucional.
Dispositiva
PRIMERO: Se declara competente para conocer del conflicto de competencia planteado entre el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. SEGUNDO: Declara que el tribunal competente para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Sandra Milena Carrascal Rueda, asistida por el abogado Euro Alberto Lobo Lobo, contra el ciudadano Juan Carlos Mora Mora es el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida a los fines del conocimiento de la presente acción de amparo constitucional.
Palabras clave
amparo constitucionalconflicto de competenciaderechos fundamentalesjurisdicción civilpropiedadconcubinatoEstado Mérida