Sentencia N° 1196 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de septiembre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1196, Exp. 09-0474, 30/09/2009
Expediente09-0474
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-09-30
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la inadmisibilidad de la demanda de amparo interpuesta por Néstor Colmenares Romero contra la decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira. La Sala argumenta que la parte actora consintió expresamente la supuesta lesión de sus derechos al debido proceso y a la defensa, lo que lleva a concluir que no se cumplen los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

La Sala procede a la comprobación del cumplimiento con los requisitos que exige el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y encuentra que dicha pretensión satisface los mismos. Así se declara. En cuanto a la admisibilidad de la demanda de amparo sub examine a estar infringiendo igualmente derechos o garantías que afecten a una parte de la colectividad diferente a los accionantes o al interés general. Ahondando en lo anterior, es necesario considerar que a pesar de la existencia de elementos de orden público que pudiesen hacerse presentes en los términos anteriormente expuestos, es necesario ponderar la posible infracción al derecho a la defensa y al debido proceso del presunto o presuntos agraviantes, que precisamente se encuentra protegido por las normas de procedimiento establecidas para los juicios de amparo, en contraposición con las supuesta situación de orden público que se presuma pueda existir. Es decir, es necesario que el hecho denunciado ocasione una presunta violación de orden público de tal magnitud que permita, a pesar de que, por ejemplo, el accionante haya desistido, o que la acción haya caducado, conocer el fondo del asunto en detrimento del derecho al debido proceso y la defensa que protege al presunto agraviante.

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara la INADMISIÓN de la demanda de amparo que intentó el ciudadano NÉSTOR COLMENARES ROMERO contra la decisión del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira del 29 de junio de 2007. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

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