Sentencia N° 1195 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de junio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1195, Exp. 07-0484, 22/06/2007
Expediente07-0484
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de revisión presentada por Sabino José Martínez Rojas, quien alegó falta de motivación en la sentencia de la Sala de Casación Penal. La Sala consideró que la decisión impugnada incurrió en un error de interpretación, afectando el derecho al debido proceso del solicitante. Como resultado, se declaró la nulidad de la sentencia de 27 de febrero de 2007 y se ordenó la reposición del proceso penal para que la Sala de Casación Penal falle nuevamente sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto.

Extracto de la motiva

En este juicio la pretensión de revisión, en sede constitucional, tiene como objeto de impugnación el fallo que, el 27 de febrero de 2007, expidió la Sala de Casación Penal, dentro del proceso penal que se sigue o seguía contra el peticionario de autos. Como fundamento de su petición, el solicitante alegó que su pretensión, ante el máximo órgano de la jurisdicción penal, era la declaración de nulidad de la sentencia de 25 de septiembre de 2006, a través de la cual la Sala Novena de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas declaró la improcedencia de la apelación que el actual quejoso interpuso contra la sentencia definitiva condenatoria que, contra dicha parte, publicó, el 17 de mayo de 2006, el Juez Octavo de Juicio del mismo Circuito; El requirente arguyó que la Sala de Casación Penal incurrió en error de interpretación de su pretensión, porque, contrariamente a lo que señaló dicho Tribunal, no interpuso el recurso de casación contra el acto de juzgamiento de la primera instancia penal sino contra la de su alzada, tal como se evidencia del contenido del correspondiente petitorio; que, por tal razón, sí satisfizo el requisito de admisibilidad que exige el artículo 459 del Código Orgánico Procesal Penal.

Dispositiva

Declara la ADMISIÓN de la solicitud de revisión que presentó el ciudadano SABINO JOSÉ MARTÍNEZ ROJAS, mediante la representación de su Defensor privado, abogado José Hernández Larreal, ambos suficientemente identificados, contra la sentencia definitivamente firme, de 27 de febrero de 2007, que, dentro del juicio que se le sigue al predicho solicitante, expidió la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia; Declara, como resultado de la presente revisión, que HA LUGAR a la declaración de nulidad que la parte actora solicitó. Como consecuencia del presente pronunciamiento, Ordena la REPOSICIÓN del proceso penal que, según fue narrado, se sigue contra el solicitante de autos, al estado de que la Sala de Casación Penal falle nuevamente, con arreglo al contenido del presente acto decisorio, respecto de la admisibilidad del recurso de casación que interpuso la actual parte actora, contra la sentencia de la Sala Novena de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 25 de septiembre de 2006, dentro del juicio penal que cursa o cursaba contra el actual peticionario, según antes se indicó.

Palabras clave

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