Sentencia N° 1194 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de junio de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1194, Exp. 06-0402, 16/06/2006
Expediente06-0402
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-06-16
DecisiónDeclina la competencia

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una solicitud de avocamiento presentada por el abogado Pedro Francisco Laprea Ventura, en representación de Rómulo Lorenzo Oliveros Rojas, en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La Sala consideró que la solicitud era procedente debido a desórdenes procesales que vulneraban derechos fundamentales, pero finalmente declinó su competencia para conocer del caso, remitiéndolo a la Sala de Casación Social, dado que la materia involucraba relaciones laborales.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la potestad de avocamiento se constituye como aquélla por medio de la cual este Máximo Tribunal asume el conocimiento de algún juicio que cursa ante un Tribunal de inferior jerarquía, con la finalidad de corregir desórdenes procesales que vulneren los derechos de los justiciables. En consecuencia, las solicitudes de avocamiento que se presenten ante este Tribunal Supremo de Justicia, deberán ser tramitadas por la Sala a cuya competencia esté atribuida la materia propia de la controversia que se solicita sea objeto del avocamiento. La Sala considera que en el caso sub iudice no es ostensible la presencia de las condiciones a que apunta la redacción del precepto transcrito, originado por un desorden procesal, como así lo expresa el solicitante, por una parte, y por otra, no se trata de una demanda que involucre competencias atribuidas a esta Sala de forma exclusiva, ni se encuentran involucrados intereses colectivos o difusos.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la solicitud de avocamiento interpuesta por el abogado Pedro Francisco Laprea Ventura, apoderado judicial del ciudadano ROMULO LORENZO OLIVEROS ROJAS, ya identificados, en la Sala de Casación Social de este Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la mencionada Sala. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

avocamientoprestaciones socialesderechos laboralesdesorden procesaltutela judicialcompetenciajusticiatrabajo

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca