Sentencia N° 1192 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de agosto de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1192, Exp. 11-1271, 09/08/2012
Expediente11-1271
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-08-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar la acción de amparo interpuesta por Joao Mendes Pedro contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, que anuló un fallo anterior y ordenó la reposición de la causa. La Sala argumenta que la decisión del Juzgado Superior ignoró el carácter de cosa juzgada del fallo dictado el 17 de diciembre de 2010, lo que vulneró derechos fundamentales como el debido proceso y la tutela judicial efectiva. Se anula la sentencia del 30 de junio de 2011 y se declara firme la decisión del 17 de diciembre de 2010.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional fue interpuesta por el ciudadano Joao Mendes Pedro contra la sentencia dictada, el 30 de junio de 2011, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, que, conociendo de la apelación ejercida por el ciudadano Yehya Haim Youwayed contra la decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial, la declaró con lugar, anuló el auto dictado el 2 de marzo de 2011 que acordó la ejecución del fallo emitido el 17 de diciembre de 2010 y, ordenó dar cumplimiento a lo acordado por ese juzgado en la sentencia dictada el 17 de enero de 2011. A juicio de la parte accionante en amparo, la decisión denunciada como lesiva ignoró por completo el carácter de cosa juzgada que revestía el fallo dictado, el 17 de diciembre de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia, vulnerándose así el estado de derecho, el debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOAO MENDES PEDRO contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, el 30 de junio de 2011, con ocasión del juicio que, por acción reivindicatoria ejerció en su contra el ciudadano Yehya Haim Youwayed K. SEGUNDO: Se declara NULA la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, el 30 de junio de 2011. TERCERO: Se declara firme la sentencia dictada, el 17 de diciembre de 2010, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. CUARTO: Se revoca la medida cautelar dictada por esta Sala el 15 de mayo de 2012. QUINTO: Se ordena remitir la presente decisión a la Inspectoría General de Tribunales, a objeto de que establezca la responsabilidad disciplinaria en que pudiera haber incurrido la Jueza a cargo del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, tránsito y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.

Palabras clave

amparocosa juzgadadebido procesotutela judicial efectiva

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