Sentencia N° 1192 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de mayo de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1192, Exp. 02-2709, 15/05/2003
Expediente02-2709
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-05-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Lisbeth Coromoto Guevara Castro contra la sentencia de la Corte de Apelaciones del Estado Sucre, que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La Sala argumentó que la apelación no era procedente, ya que la decisión impugnada no era susceptible de apelación según el Código Orgánico Procesal Penal, y que la parte acusadora contaba con medios ordinarios de impugnación que había ejercido.

Extracto de la motiva

La decisión cuestionada en amparo fue dictada por la Corte de Apelaciones de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Sucre el 14 de agosto de 2002, la cual declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la ciudadana Lisbeth Coromoto Guevara Castro contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio de la misma Circunscripción Judicial Penal el 20 de junio de 2002. Al respecto, estableció el fallo cuestionado, que la apelación ejercida 'tiene como objetivo impugnar la resolución judicial que declaró inadmisible el recurso de Revocación' y, que de conformidad con el artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal, 'las decisiones judiciales serán recurribles sólo por los medios y en los casos expresamente establecidos'. Que por lo anterior, 'el Recurso interpuesto -apelación- debe ser declarado inadmisible, dado que no es susceptible de impugnación el auto de fecha 20 de junio de 2002... que declaró inadmisible el Recurso de Revocación, ya que el mismo es de aquellos cuya resolución es de ejecución inmediata y, por ende, no susceptible de apelación, por cuanto ésta -la apelación- tiene como efecto inmediato la suspensión de ejecutar lo decidido'.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana LISBETH COROMOTO GUEVARA CASTRO, contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Sucre, el 14 de agosto de 2002. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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