Sentencia N° 119 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de febrero de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 119, Exp. 11-0084, 25/02/2011
Expediente11-0084
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2011-02-25
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión de una sentencia dictada por la Sala de Casación Civil. El abogado José Manuel Gilly Trejo, en representación de GRUPO COOPERATIVO FUENTE MAYOR, C.A., solicitó la revisión de una decisión que declaró sin lugar un recurso de casación. La Sala determinó su competencia para conocer la solicitud, pero observó que no se presentó la copia certificada de la sentencia objeto de revisión, lo que constituye un requisito indispensable para la admisión de la solicitud.
Extracto de la motiva
En reiterada jurisprudencia esta Sala ha señalado que, la copia certificada del fallo definitivamente firme que se somete a revisión constituye un requisito indispensable para la admisión de la solicitud de autos; ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y con la doctrina, que para tales casos, ha establecido esta Sala. En efecto, en sentencia Nro. 157 del 02 de marzo de 2005, caso Grazia Tornatore de Morreale, se dispuso que en los asuntos en que la petición de revisión de una sentencia no se acompañe con la copia certificada de la misma, dicha pretensión se declarará inadmisible de conformidad con el artículo 19, quinto aparte, de la Ley que rige a este Alto Tribunal (artículo 133 de la actual ley). Ese criterio fue ratificado, entre otras en sentencias: Nro.: 816, del 11 de mayo de 2005, caso: Tannous Fouar Gerges, Nro.: 33, del 20 de enero de 2006, caso: José Alcidez Rangel, Nro.: 11 del 19 de enero de 2007, caso: Horacio Castro y Nro. 355 del 10 de mayo de 2010, caso: Franklin Eliú Sánchez.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional planteada por el abogado José Manuel Gilly Trejo, representante judicial de GRUPO COOPERATIVO FUENTE MAYOR, C.A., anteriormente identificada, de la decisión dictada el 06 de octubre de 2008, por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.