Sentencia N° 1188 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de octubre de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 1188, Exp. 15-0649, 16/10/2015
Expediente15-0649
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-10-16
DecisiónParcialmente ha lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia n.° 00491 dictada por la Sala Político Administrativa, que había declarado con lugar la demanda por incumplimiento de contrato de mandato e indemnización de daños y perjuicios interpuesta por la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia contra Banesco Banco Universal C.A. La Sala Constitucional encontró que la sentencia recurrida incurrió en vicios de incongruencia omisiva y vulneración del derecho a la defensa, al no pronunciarse sobre el incumplimiento del contrato de fideicomiso que generó un pago indebido. En consecuencia, se ordenó a Banesco el reintegro de la cantidad de $2.931.068,81, así como los intereses generados, al fondo fiduciario de la Alcaldía.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al revisar la sentencia n.° 00491, observó que la Sala Político Administrativa no se pronunció sobre el incumplimiento del contrato de fideicomiso que generó un pago indebido, lo que constituye un vicio de incongruencia omisiva. Se destacó que la Alcaldía tenía derecho a un pronunciamiento sobre el reintegro del monto fiduciario, dado que el pago realizado por Banesco no contaba con la autorización necesaria. La Sala enfatizó la importancia de garantizar el derecho a la defensa y el debido proceso, señalando que la omisión de pronunciamiento sobre el incumplimiento del contrato afectó sustancialmente los términos de la controversia. Por lo tanto, se declaró parcialmente ha lugar la solicitud de revisión y se ordenó el reintegro de la cantidad adeudada.

Dispositiva

1. PARCIALMENTE HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional presentada por el abogado Carlos Machado del Gallego, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN FRANCISCO DEL ESTADO ZULIA, de la sentencia n.° 00491, dictada, el 05 de mayo de 2015, publicada en 06 del mismo mes y año, por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. 2. Se ORDENA a BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A., el reintegro de la cantidad de DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL SESENTA Y OCHO CON 81 DÓLARES AMERICANOS ($ 2.931.068,81), así como los intereses generados, al Fondo fiduciario que en esa entidad tiene la Alcaldía del Municipio San Francisco del Estado Zulia, para cuyo objeto se constituyó. 3. Se ORDENA a BANESCO, BANCO UNIVERSAL C.A., el pago de los conceptos establecidos en la sentencia n.° 00491, dictada, el 05 de mayo de 2015, publicada en 06 del mismo mes y año, por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. 4. Todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades Civiles, Penales y Administrativas, a que hubiere lugar.

Palabras clave

incumplimiento de contratoindemnizaciónfideicomisorevisión constitucional

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca