Sentencia N° 1188 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de agosto de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1188, Exp. 12-0603, 07/08/2012
Expediente12-0603
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-08-07
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a la demanda de amparo constitucional interpuesta por la empresa PROTECCIÓN DEVAL C.A. contra las decisiones del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara. La empresa alegó violaciones a sus derechos fundamentales en el proceso de ejecución de una sentencia por cobro de prestaciones sociales. La Sala consideró que existían dudas sobre la ruptura de la estadía a derecho de la demandante y solicitó al juzgado de origen que remitiera todas las actas del expediente para su revisión.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en atención a lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, estima conveniente solicitar al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Lara que remita a esta Sala todas las actas que conforman el expediente continente de la demanda que fue incoada por el ciudadano José Luis Bello Alejos contra la sociedad mercantil Protección Deval C.A. (PRODEVALCA), por cobro de prestaciones sociales, la cual se encuentra en fase de ejecución.
Dispositiva
Se ordena que se oficie de inmediato al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la citada Circunscripción Judicial, para que remita, en el término de cinco (5) días continuos siguientes a la recepción de dicho oficio, más el término de la distancia de cuatro (4) días, las copias certificadas de todo el expediente que fue requerido por esta Sala, a que se hizo referencia supra.
Palabras clave
amparo constitucionalderechos fundamentalesejecución de sentencia