Sentencia N° 1187 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de junio de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1187, Exp. 04-0563, 21/06/2004
Expediente04-0563
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2004-06-21
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Jesús Eduardo Cabrera Romero, declara inadmisible la solicitud presentada por Mario Severino de Guglielmo, debido a la falta de claridad y coherencia en el escrito presentado. La Sala considera que el escrito es ininteligible y no susceptible de enmienda, lo que impide su tramitación. Se exhorta al solicitante a plantear de nuevo su pretensión, cumpliendo con los requisitos exigidos por la legislación y la jurisprudencia.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el escrito libelar es de tal modo oscuro e impreciso, que la corrección del mismo implica la necesidad de plantearlo de nuevo, puesto que, tal y como ha sido configurado, es ininteligible. De este modo, la Sala considera que el escrito no es susceptible de enmienda y que resulta imposible su tramitación, motivos que llevan a esta Sala a declararlo inadmisible, de conformidad con la disposición contenida en el párrafo 6 de artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aplicable al caso de autos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud formulada por el ciudadano MARIO SEVERINO DE GUGLIELMO. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.