Sentencia N° 1184 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de agosto de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1184, Exp. 11-1385, 07/08/2012
Expediente11-1385
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-08-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda de amparo constitucional presentada por José Toribio Ascanio Bolívar contra la sentencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, que había negado la entrega de un vehículo. La Sala argumentó que no existía certeza sobre la identificación del vehículo debido a incongruencias en los seriales, lo que impedía determinar la titularidad del derecho de propiedad. Se mantuvo la medida cautelar otorgada anteriormente hasta que se resuelva la propiedad del vehículo.

Extracto de la motiva

En el caso de autos, la representación judicial del demandante, José Toribio Ascanio Bolívar, adujo que la decisión que dictó el 30 de mayo de 2011, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, violó los derechos constitucionales de su representado referentes a la tutela judicial eficaz y a que no se sacrifique la justicia por la omisión de formalidades no esenciales cuando declaró sin lugar la apelación que incoó contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del mismo Circuito Judicial Penal, que negó la entrega del vehículo al que se ha hecho referencia supra y ordenó la remisión de copia de las actuaciones al Ministerio Público para que “culmine con la investigación”, en razón de que “…existen dudas en cuanto a los derechos que pueda tener el solicitante en relación con el bien que fuera retenido”. Como punto previo, debe esta Sala hacer referencia a la confusión en la que, a través de todo el escrito de amparo, incurrió el abogado Marco Antonio Hernández Bolívar, respecto de la incidencia que se abrió como consecuencia de la continuación de la investigación que ordenó la Juez Cuarta de Control al Ministerio Público, una vez finalizada la audiencia para resolver la solicitud de entrega de vehículo. En efecto, de la lectura de sus alegaciones se evidencia que el profesional del derecho confunde la investigación que realizó el Ministerio Público en la causa principal que se sigue por robo de vehículo en contra de los acusados Javier Amarista Giménez, Germán José Velásquez y Carlos Ernesto Ramírez Pacheco; con la incidencia cuya apertura ordenó la Juez Cuarta de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, para determinar la titularidad de la propiedad del vehículo que se reclama. Así, la investigación respecto de la determinación de los responsables del robo del vehículo reclamado, efectivamente como lo señala el abogado actor, finalizó una vez que fue presentada la acusación fiscal, se celebró la audiencia preliminar y se ordenó el pase a juicio de los procesados; no obstante, la incidencia que se abrió como consecuencia de la imposibilidad de determinar la propiedad del vehículo en cuestión, sigue su curso hasta tanto se determine quién es el propietario del vehículo reclamado.

Dispositiva

Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano JOSÉ TORIBIO ASCANIO BOLÍVAR, mediante la representación del abogado Marco Antonio Hernández Bolívar, contra la sentencia que dictó, el 30 de mayo de 2011, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Se MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR acordada por esta Sala el 13 de febrero de 2012, hasta tanto culmine el juicio principal y se determine la propiedad del vehículo. En consecuencia, se ORDENA al Juzgado en donde se encuentra la causa principal, proceda a la inmediata entrega del aludido vehículo, so pena de incurrir en desacato a la orden de esta Sala.

Palabras clave

amparo constitucionalvehículotutela judicialEstado Bolívar

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