Sentencia N° 1184 — Sala Constitucional del TSJ, 24 de noviembre de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 1184, Exp. 10-0711, 24/11/2010
Expediente10-0711
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2010-11-24
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 24 de noviembre de 2010, declaró con lugar la apelación interpuesta por Francesco Sciortino Siracusa contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Yaracuy, que había declarado improcedente in limine litis la acción de amparo constitucional. La Sala argumentó que el juez de amparo debió verificar si existía una lesión constitucional, dado que se alegó la violación del derecho al juez natural y a la defensa. La decisión del a quo fue anulada y se ordenó que se pronuncie sobre la admisibilidad de la acción de amparo.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional señala que la sentencia dictada por el juez de amparo en primera instancia, cuando declaró improcedente in limine litis la demanda propuesta, no estuvo ajustada a derecho, ni a los criterios establecidos por esta Sala, por cuanto concluyó, sin trámite alguno a pesar de la grave presunción de lesiones constitucionales, que no hubo violación constitucional del juez de primera instancia que conoció de la apelación ejercida, siendo que dadas las particularidades del presente caso, debió dar curso al amparo y verificar si había o no lesión constitucional, conforme a lo antes señalado en el presente fallo.
Dispositiva
1) CON LUGAR la apelación ejercida contra la decisión dictada el 14 de junio de 2010, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, declaró improcedente in limine litis la acción de amparo ejercida. 2) ANULA la decisión del a quo que declaró improcedente in limine litis la presente acción de amparo constitucional y, en consecuencia se repone la causa al estado de que el a quo constitucional se pronuncie sobre la admisibilidad de la pretensión de amparo constitucional.