Sentencia N° 1183 — Sala Constitucional del TSJ, 7 de agosto de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1183, Exp. 12-0170, 07/08/2012
Expediente12-0170
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-08-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Carlos Villegas Molina contra la sentencia de la Corte Disciplinaria Judicial. La decisión se basa en que el demandante no agotó los recursos ordinarios disponibles, específicamente el recurso de apelación, antes de acudir a la acción de amparo. La Sala argumenta que la acción de amparo no debe ser un medio sustitutivo de los recursos procesales ordinarios y que solo es admisible en casos donde no existan vías procesales adecuadas para restablecer la situación jurídica infringida.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo tiene por finalidad el restablecimiento de la supuesta situación jurídica infringida, como consecuencia de la decisión que dictó la Corte Disciplinaria Judicial el 16 de diciembre de 2011, a través de la cual declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta contra la decisión dictada el 22 de noviembre de 2011 por el Tribunal Disciplinario Judicial que negó la solicitud de revocatoria por contrario imperio y desestimó el recurso de apelación ejercido contra el auto de admisión dictado el 20 de octubre de 2011, a través del cual se aceptó la acusación presentada en contra del accionante, ciudadano Juan Carlos Villegas Molina, por la Inspectoría General de Tribunales, en su condición de Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y Juez Provisorio de la Corte de Apelaciones de ese mismo Circuito Judicial Penal.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado JUAN CARLOS VILLEGAS MOLINA, actuando en nombre propio, ya identificado, contra la sentencia dictada el 16 de diciembre de 2011 por la Corte Disciplinaria Judicial. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

apelacióndenunciajurisdicción disciplinariadebido procesoCódigo de Éticaderechos constitucionales

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