Sentencia N° 1182 — Sala Constitucional del TSJ (2023)

TSJ/SC, Sent. N° 1182, Exp. 22-0916, 14/08/2023
Expediente22-0916
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión—
DecisiónHa Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional presentada por Fernando José Marrero, quien impugnó la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo que declaró inadmisible su acción de amparo constitucional. La Sala concluyó que el Juzgado había infringido derechos fundamentales al no considerar la contumacia del patrono en el cumplimiento de órdenes administrativas de reenganche y pago de salarios caídos. Por lo tanto, se declaró ha lugar la revisión y se anuló la sentencia impugnada.

Extracto de la motiva

En consecuencia, en el presente caso esta Sala Constitucional de acuerdo a los argumentos expuestos en el presente fallo y con la finalidad de resguardar los derechos al debido proceso y en especial a la tutela judicial efectiva concluye que el solicitante en revisión constitucional ante la negativa en su dispositivo se le negó el derecho de ejecutar por la vía jurisdiccional, de la providencia administrativa dictada el 22 de diciembre de 2020 por la Inspectoría del Trabajo “Pedro Ortega Díaz”, que ordenó su reenganche a su puesto de trabajo, así como el pago de salarios caídos y demás beneficios laborales. Es por ello, que ante las infracciones constitucionales y que se solicitó la revisión constitucional de la sentencia del el 12 de agosto de 2022, dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en donde el accionante peticionó el cumplimiento de la providencia administrativa dictada el 22 de diciembre de 2020 por la Inspectoría del Trabajo, se evidencia que por parte del Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción del Área Metropolitana de Caracas, con la declaratoria sin lugar de la apelación interpuesta y establecer la inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional, se menoscabaron el derecho al debido proceso y el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva, consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con la referida decisión objeto de revisión constitucional, pues se violenta el derecho que por la vía jurisdiccional se ejecute las providencias administrativas que sean dictadas por las Inspectorías del Trabajo que ordenen el reenganche y pago de salarios caídos que han agotado el procedimiento administrativo para tal fin y se evidencie la contumacia del patrono para el acatamiento de un acto administrativo cuya finalidad es resguardar los derecho laborales de los trabajadores ante el incumplimiento del patrono.

Dispositiva

1.- HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional presentada por el ciudadano FERNANDO JOSÉ MARRERO de la sentencia dictada el 12 de agosto de 2022 por parte del Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2.- En consecuencia, se ANULA la sentencia dictada el 12 de agosto de 2022 por parte del Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 3.- Se ORDENA que otro Tribunal Superior del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, previa distribución dicte nueva sentencia, con arreglo a lo expuesto en la presente decisión.

Palabras clave

revisión constitucionalamparo laboralcontumacia patronal

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