Sentencia N° 118 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de febrero de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 118, Exp. 08-0664, 25/02/2014
Expediente08-0664
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-02-25
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional se pronuncia sobre una acción por derechos o intereses difusos interpuesta por la Asociación de Usuarios de Servicios Eléctricos de Venezuela contra TELCEL C.A. y Telefónica Móviles S.A., en la que se denuncia la mala calidad de los servicios de telefonía móvil y fija. La sentencia destaca la necesidad de intervención de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora para determinar si el servicio 'TelSafe' requiere autorización y si se han cumplido las normativas correspondientes. Se ordena remitir copia del contrato a dicha Superintendencia para su evaluación.

Extracto de la motiva

Esta Sala Constitucional en su sentencia N° 1291/07.10.2009, reiteró la necesidad de la intervención de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora en el presente juicio, habiendo solicitado de dicho ente que realizara la prueba de informes en relación a si el “Telsafe” ofertado por la demandada, se trata de una actividad aseguradora y de ser así, si tienen la respectiva autorización, así como si hay alguna denuncia al respecto y existe alguna decisión sobre ésta (Vid. sentencia N° 425/10.04.2012). En razón de lo anterior, el 17 de septiembre de 2012, se recibió Oficio N° FSAA-2-3-10407-2012, del 12 de septiembre de 2012, mediante el cual el ciudadano José Luis Pérez, actuando en su condición de Superintendente de la Actividad Aseguradora, ente adscrito al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas, informó que es necesaria la remisión del contrato respectivo para determinar si el servicio denominado 'TelSafe', ofrecido por la empresa Telcel, C.A, se trata de un producto que requiera autorización de ese órgano de control. Ahora bien, debe reiterar esta Sala, que en aras de realizar un pronunciamiento que ajuste a derecho y de conformidad con la facultad que le otorga el ordenamiento jurídico ORDENA a la Secretaría de la Sala Constitucional, que remita a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, copia del contrato contenido en la pieza uno (1) del presente expediente, en sus folios trescientos noventa y siete al cuatrocientos uno, así como del 'cuaderno de contratos' de TELCEL, C.A., contenido en la pieza dos (2), folio ciento cuarenta (140) y siguientes, del presente expediente en el que se encuentra contenido el contrato 'TelSafe'.

Dispositiva

ORDENA a la Secretaría de la Sala Constitucional, que remita a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, copia del contrato contenido en la pieza uno (1) del presente expediente, en sus folios trescientos noventa y siete al cuatrocientos uno, así como del 'cuaderno de contratos' de TELCEL, C.A., contenido en la pieza dos (2), folio ciento cuarenta (140) y siguientes, del presente expediente en el que se encuentra contenido el contrato 'TelSafe'. Publíquese y regístrese. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

intereses difusosservicios de telefoníamala calidadTelcelSuperintendencia de la Actividad Aseguradora

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