Sentencia N° 118 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de marzo de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 118, Exp. 04-1130, 02/03/2005
Expediente04-1130
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-03-02
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por Yclas Saab contra la decisión del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. La acción fue motivada por la alegación de falsedad en el contrato de arrendamiento que fundamentó la demanda principal, así como la falta de cualidad del demandante para demandar. La Sala concluye que los argumentos ya habían sido debatidos en instancias anteriores y que no se evidencian nuevas violaciones a derechos fundamentales.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la acción de amparo constitucional no puede convertirse en una tercera instancia mediante la cual sean alegados nuevamente los hechos que ya fueron debatidos en instancias anteriores, pues ello desvirtuaría la naturaleza de dicho medio constitucional, desviando la atención de esta Sala de aquellas causas en las cuales realmente exista una violación tan flagrante y grosera de derechos fundamentales que ameriten su urgente protección constitucional.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Yclas Saab, en su condición de Gerente General de WHITE BANANA CREAM C.A. contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara el 23 de marzo de 2004.
Palabras clave
amparo constitucionalfalsedad de contratodenegación de justiciadue processejecución de sentenciareposición de causa