Sentencia N° 1177 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de junio de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 1177, Exp. 02-2735, 16/06/2004
Expediente02-2735
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2004-06-16
DecisiónConfirmar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la sentencia del Juzgado Superior que declaró inadmisible la acción de amparo presentada por Alimentos Concentrados Souto, C.A. La acción se basó en la alegación de violación de derechos constitucionales debido al cierre del juzgado de primera instancia. Sin embargo, se determinó que la situación que originó la acción de amparo había cesado, ya que el juzgado reanudó sus actividades. La Sala concluyó que no existía interés actual para continuar con el procedimiento de amparo.

Extracto de la motiva

La Sala estima que ha cesado sobrevenidamente la posibilidad de infracción de la situación jurídica de la accionante, quien reconoce haber obtenido la tutela judicial efectiva que exigían, motivo por el cual y reiterando que las causales de inadmisibilidad del amparo al ser de orden público, pueden ser examinadas en todo estado del procedimiento, se declara inadmisible la acción de amparo, conforme al artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, razón por la que, esta Sala Constitucional confirma la sentencia consultada, y así se decide.

Dispositiva

CONFIRMA la sentencia dictada el 25 de julio de 2002 por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que declaró inadmisible la acción de amparo ejercida por ALIMENTOS CONCENTRADOS SOUTO, C.A., contra la actuación del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.

Palabras clave

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