Sentencia N° 1175 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de agosto de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1175, Exp. 09-0641, 12/08/2009
Expediente09-0641
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-08-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Arturo Ganteaume Feo contra la decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que admitió un recurso de apelación extemporáneo. La Sala consideró que la decisión cuestionada violaba derechos y garantías constitucionales, por lo que se ordenó la suspensión del trámite del recurso de apelación hasta que se resuelva la acción de amparo. Además, se acordó una medida cautelar innominada para proteger la situación jurídica del accionante.
Extracto de la motiva
La decisión dictada, el 8 de mayo de 2009, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, fue del siguiente tenor: “Visto el Recurso de Apelación interpuesto por los ABOGADOS GASTON MIGUEL VALDIVIA DAGER y RADALYS MARTINEZ LEON, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos MIGUEL ANGEL PEREZ HERNANDEZ y CARMEN TERESA ALVAREZ DE PERES; contra la decisión dictada en fecha 20 de Febrero de 2008 y fundamentada en fecha 31 de Marzo de 2008, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio […], de éste [sic] Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en el cual ABSOLVIÓ por la presunta comisión de los delitos de Uso de Documento Falso, previsto en el artículo 323 del Código Penal y Estafa Continuada 464 ejusdem vigente para el momento del hecho a los ciudadanos María Sánchez, Arturo Ganteaume Feo, Elizabeth del Carmen Muro Contreras y ciudadana Irma Gómez. Observa que no concurre el presente Recurso en alguno de los supuestos a que se contrae el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, para su inadmisibilidad y a tenor de lo dispuesto el [sic] artículo 455 ejusdem, ADMITE EL RECURSO DE APELACIÓN, y se fija la Audiencia Oral para el día MIERCOLES 20 DE MAYO DE 2009 a las 10:00 A.M., a los fines de debatir los fundamentos de los recursos conforme como lo establece el encabezamiento del artículo 456 ibidem”.
Dispositiva
PRIMERO: ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Arturo Ganteaume Feo, asistido por el abogado Raúl Mathison Bartola, contra la decisión dictada, el 8 de mayo de 2009, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, que admitió el recurso de apelación ejercido contra el fallo dictado, el 31 de marzo de 2008, por el Juzgado Sexto de Juicio del citado Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: ACUERDA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA y, en consecuencia, ordena a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, suspenda el trámite de la causa n° KP01-R-2009-000028, contentiva del recurso de apelación interpuesto por los abogados Gastón Miguel Valdivia Dáger y Radalys Martínez León, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos Miguel Ángel Pérez Hernández y Carmen Teresa Álvarez de Pérez, contra la decisión pronunciada el 20 de febrero de 2008 y publicada el 31 de marzo de ese año, por el Juzgado Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, hasta tanto esta Sala Constitucional se dicte su decisión en la acción de amparo constitucional incoada.
Palabras clave
amparo constitucionalapelaciónCorte de Apelacionesderechosgarantíasdecisión judicial