Sentencia N° 1173 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de mayo de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1173, Exp. 01-1314, 15/05/2003
Expediente01-1314
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-05-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 15 de mayo de 2003, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional presentada por Carolina Troconis Herrera. La decisión se fundamenta en el incumplimiento de la obligación de subsanar las omisiones observadas en el escrito de solicitud de amparo, dentro del plazo establecido de cuarenta y ocho horas. A pesar de la notificación realizada por el Juzgado de Primera Instancia, la parte actora no corrigió las omisiones señaladas.

Extracto de la motiva

Visto, finalmente, que ha transcurrido íntegramente el plazo de cuarenta y ocho (48) horas, sin que se hayan corregido las omisiones del escrito presentado para solicitar el amparo constitucional, esta Sala estima que por no haberse cumplido con la obligación de subsanar las omisiones señaladas, dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se declara INADMISIBLE la acción de amparo ejercida por la ciudadana CAROLINA TROCONIS HERRERA.

Dispositiva

Se declara INADMISIBLE la acción de amparo ejercida por la ciudadana CAROLINA TROCONIS HERRERA. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionalinadmisibilidadomisionesnotificaciónderechosgarantíasacción de amparo

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