Sentencia N° 1171 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de junio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1171, Exp. 06-1760, 22/06/2007
Expediente06-1760
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-06-22
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el amparo constitucional interpuesto por Juan Francisco Oviedo Jara, quien alegó violaciones a sus derechos a la tutela judicial eficaz y a la libertad personal. La Corte de Apelaciones había declarado con lugar la pretensión de amparo, anulando la decisión del Juzgado de Control que había mantenido la medida de privación de libertad. La Sala Constitucional, tras analizar los argumentos, concluyó que la decisión de la Corte de Apelaciones era incorrecta y revocó su fallo, declarando sin lugar la demanda de amparo.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el demandante de amparo denunció la violación a sus derechos a la tutela judicial eficaz, a la libertad personal y a solicitar del Estado el restablecimiento de la situación jurídica que le hubiera sido lesionada, con fundamento en los artículos 26, 44 y 49 de la Constitución de la República, que, supuestamente, fueron vulnerados por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, cuando acordó el mantenimiento de la medida sustitutiva de la privativa de libertad al imputado en la causa penal, “sin entrar a ponderar la existencia de un sobreseimiento y de una Acusación extemporánea y de la evidente privación ilegítima de la libertad”. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira declaró con lugar la pretensión de amparo y, en consecuencia, anuló la decisión que fue objeto de impugnación y ordenó que otro Juez de Control se pronunciara nuevamente respecto de la petición de sustitución de la referida medida de privación de libertad. Contra este fallo apeló la Fiscal Undécima (e) del Ministerio Público pues consideró que el pronunciamiento de la primera instancia constitucional denotaba “el desconocimiento absoluto de los sentenciadores sobre el contenido real de la causa penal en comento, pues (…) en fecha 15 de abril de 2006, las Fiscales Undécimas (Principal y Auxiliar) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, presentaron formalmente ACUSACIÓN FISCAL CONTRA EL IMPUTADO DE AUTOS por la comisión del hecho punible ya mencionado, consignando (…) el escrito de rectificación del sobreseimiento suscrito por el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y el escrito de acusación”.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación. En consecuencia, revoca la sentencia que dictó, el 9 de noviembre de 2007, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, y declara SIN LUGAR la demanda de amparo que interpuso la defensa del procesado JUAN FRANCISCO OVIEDO JARA contra el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Publíquese, notifíquese y devuélvase el expediente.

Palabras clave

amparo constitucionallibertad personaltutela judicialprivación de libertadCorte de ApelacionesEstado Táchiraderechos constitucionales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca