Sentencia N° 117 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de abril de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0117, Exp. 16-0498, 16/04/2021
Expediente16-0498
PonenteRENÉ ALBERTO DEGRAVES ALMARZA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2021-04-16
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de amparo interpuesto por la Asociación Cooperativa de Servicios Metalmecánicos, Fabricación y Soldaduras (ACOMFAS MONTAJE RL) por abandono del trámite. La decisión impugnada fue emitida por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito del estado Falcón, que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La Sala también impone una multa a la parte actora por el abandono del procedimiento.
Extracto de la motiva
En el presente caso, los accionantes demandan la nulidad total y absoluta de acta de asamblea de la asociación cooperativa demandada, y de la cual son miembros activos, y manifiestan que en fecha 13 de julio de 2013, se celebró la Asamblea Extraordinaria Nº 38, que los excluyó de dicha asociación por una supuesta infracción o trasgresión del Artículo (sic)10 literales a, g, n y p, del Reglamento interno disciplinario de la referida asociación, sin tener en consideración lo que prevé el artículo 6 de los estatutos de la cooperativa que de manera clara y transparente establecen las causas de suspensión y exclusión de los asociados, que ninguna de esas causales se les puede imputar a ellos, más a su favor, el artículo 7 del documento constitutivo estatutario es específico en sus literales a, b y c, al indicar el régimen de disciplina, la apertura de un proceso disciplinario y la exclusión o suspensión de un asociado, si se incurriera en violación del artículo 6, es decir, que la cooperativa teniendo el reglamento interno disciplinario que prevé el régimen de sanción, tal como lo ordena el literal ‘a’ del artículo 7 del documento constitutivo estatutario, en estricta concordancia con la Ley Especial de Asociaciones Cooperativas y el artículo 65, para poder suspender o excluir a un asociado, no cumplió con el debido proceso y el derecho a la defensa; motivos por los cuales demandan a la ASOCIACIÓN COOPERATIVA ‘SERVICIOS METÁLICOS (sic), FABRICACIÓN Y SOLDADURA ACOMFAS MONTAJE’ RL., para que convenga en la nulidad total y absoluta del acta que pudiera habérsele levantado, a los efectos de la pretendida exclusión, el pago de las costas y costos, la exhibición del libro de Acta de Asamblea en forma original a fin de que transcriban las actas cuya nulidad se demanda o se certifiquen las copias fotostáticas; fundamentan la demanda en los artículos 49 de la Constitución Nacional, 65 y 66 del Decreto con Fuerza de Ley Especial de Asociaciones Cooperativas y sentencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia relacionada al caso.
Dispositiva
1.- Que tiene COMPETENCIA para conocer la pretensión de amparo interpuesta. 2.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del trámite. 3.- Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de cinco mil bolívares (Bs. 5.000,00). 4.- SE ORDENA a la Secretaría de la Sala que practique en forma telefónica las notificaciones ordenadas.