Sentencia N° 117 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de febrero de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 117, Exp. 07-1626, 20/02/2008
Expediente07-1626
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-02-20
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión interpuesta por la sociedad mercantil Applica de Venezuela, C.A. contra la sentencia N° 498 de la Sala Político Administrativa. La inadmisibilidad se fundamenta en la falta de presentación de la copia certificada del poder que acredite la representación de los abogados solicitantes, así como la no consignación de las copias certificadas del fallo cuya revisión se pretendía. La Sala reafirma su competencia para conocer de la solicitud, pero resalta que el incumplimiento de los requisitos procesales establecidos en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia impide la admisión del recurso.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: 1.- Se declara COMPETENTE para conocer de la solicitud de revisión interpuesta por APPLICA DE VENEZUELA, C.A., representada por los abogados Manuel A. Iturbe Alarcón y José Vicente Haro García, de la sentencia N° 498, dictada el 21 de marzo de 2007 y publicada el 22 de marzo de 2007, por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en el expediente N° 2006-0799. 2.- Se declara INADMISIBLE a la solicitud de revisión interpuesta por APPLICA DE VENEZUELA, C.A., de la sentencia N° 498, dictada el 21 de marzo de 2007 y publicada el 22 de marzo de 2007, por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en el expediente N° 2006-0799.

Dispositiva

Por las razones que antes fueron expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: 1.- Se declara COMPETENTE para conocer de la solicitud de revisión interpuesta por APPLICA DE VENEZUELA, C.A., representada por los abogados Manuel A. Iturbe Alarcón y José Vicente Haro García, de la sentencia N° 498, dictada el 21 de marzo de 2007 y publicada el 22 de marzo de 2007, por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en el expediente N° 2006-0799. 2.- Se declara INADMISIBLE a la solicitud de revisión interpuesta por APPLICA DE VENEZUELA, C.A., de la sentencia N° 498, dictada el 21 de marzo de 2007 y publicada el 22 de marzo de 2007, por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en el expediente N° 2006-0799.

Palabras clave

revisiónsentenciainadmisibletutela judicialdefensadebido procesoirretroactividadCódigo Orgánico Tributario

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca