Sentencia N° 117 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de enero de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 117, Exp. 01-0407, 29/01/2002
Expediente01-0407
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-01-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 29 de enero de 2002, declaró sin lugar la acción de amparo interpuesta por Over Arnesto Cipriani González, en representación de Manuel Fernández Rodríguez y Gladys Yolanda Delgado, contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de Caracas, dictada el 25 de octubre de 2000. La Sala consideró que no existía transgresión a los derechos constitucionales alegados por la parte accionante, ya que la competencia del tribunal que dictó la sentencia impugnada estaba ajustada a derecho.

Extracto de la motiva

La competencia es la medida de la jurisdicción que ejerce cada juez en concreto, y se caracteriza por su inderogabilidad convencional, salvo aquellos casos establecidos por el Código y las leyes especiales ya que su finalidad es la distribución y asignación de deberes entre los diversos órganos jurisdiccionales, tal como lo dispone el artículo 5 del Código de Procedimiento Civil. La incompetencia por el territorio, con excepción de los casos previstos en la última parte del artículo 47, puede oponerse sólo como cuestión previa, como se indica en el artículo 346. En el caso de autos no se evidencia que la parte accionante, en el juicio donde se generó la presunta transgresión constitucional, haya alegado en la primera oportunidad procesal la incompetencia por el territorio, de manera que, conforme a lo indicado supra, operó la sumisión tácita al fuero del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y, en consecuencia, mal podría ahora accionar en amparo alegando tal situación.

Dispositiva

Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de amparo interpuesta por el abogado Over Arnesto Cipriani González, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MANUEL FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ Y GLADYS YOLANDA DELGADO, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el 25 de octubre de 2000.

Palabras clave

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