Sentencia N° 1169 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de junio de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1169, Exp. 06-0117, 12/06/2006
Expediente06-0117
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-06-12
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional interpuesta por Luis Ernesto Contreras Andara contra la sentencia 7/2006 de la Sala Político Administrativa, que declaró su incompetencia para conocer de un recurso de nulidad y amparo cautelar. La Sala concluyó que la competencia para conocer de la nulidad de asientos registrales corresponde a los tribunales civiles y mercantiles, no a la jurisdicción contencioso administrativa, y que la Sala Político Administrativa actuó correctamente al declinar la causa.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la omisión de la Ley de Registro Público no va en detrimento de las demás normas que condicionan la conformación de los actos registrales, así como los mecanismos de impugnación establecidos en el ordenamiento jurídico. En consecuencia, se niega la solicitud de revisión constitucional de la sentencia n° 7/2006, dictada por la Sala Político Administrativa, al no haberse incurrido en uno de los supuestos del numeral 4 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ni ser contraria la jurisprudencia vinculante de esta Sala.

Dispositiva

Se declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional interpuesta por el ciudadano Luis Ernesto Contreras Andara, de la sentencia n° 7/2006, dictada por la Sala Político Administrativa; NIEGA la solicitud de medida cautelar contra la decisión de la Sala Político Administrativa; y declara NO HA LUGAR en derecho, la solicitud de acumulación propuesta por el solicitante de la causa contenida en el recurso de revisión con respecto a la presente solicitud de revisión constitucional.

Palabras clave

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