Sentencia N° 1164 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de julio de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1164, Exp. 08-0678, 11/07/2008
Expediente08-0678
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-07-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el FONDO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (FONACIT) contra una decisión de la Sala Político Administrativa. Se argumenta que no es viable interponer acciones de amparo contra fallos dictados por las Salas del Tribunal Supremo, dado que este es el máximo órgano de administración de justicia en la jerarquía jurisdiccional. Además, se señala que los abogados actuantes demostraron un desconocimiento de las normas y jurisprudencia aplicables a la institución del amparo constitucional.
Extracto de la motiva
En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Juan Stredel, Juan Carlos Carrero Guevara y Eduardo José Medina Gil, actuando como apoderados judiciales del FONDO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (FONACIT), contra la decisión Nº 501 del 24 de abril de 2008, dictada por la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Juan Stredel, Juan Carlos Carrero Guevara y Eduardo José Medina Gil, actuando como apoderados judiciales del FONDO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (FONACIT), contra la decisión Nº 501 del 24 de abril de 2008, dictada por la Sala Político Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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