Sentencia N° 1163 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1163, Exp. 09-0444, 11/08/2009
Expediente09-0444
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2009-08-11
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la acción de amparo interpuesta por MULTITIENDAS MIMIS, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de Anzoátegui, que había decretado una medida de secuestro sobre un bien arrendado. La Sala concluye que el Juzgado Superior actuó conforme a la ley y no violó derechos constitucionales, ya que la medida de secuestro es imperativa en casos de prórroga legal de arrendamiento, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la legislación vigente.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el Juzgado Superior fundamentó su decisión del 6 de abril de 2009, principalmente en que en materia de medidas cautelares es potestativo del juez el otorgarlas o no, previo cumplimiento en forma concurrente de los extremos establecidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil; sin embargo, en los casos de cobro de bolívares por intimación y en los casos de prórroga legal en los arrendamientos inmobiliarios, es imperativo para el juez acordar la medida (en este último caso de conformidad con el artículo 39 de la ley especial). En consecuencia, esta Sala debe declarar, como en efecto aquí se declara, improcedente in limine litis la presente acción.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE in limine litis, la acción de amparo interpuesta por el abogado José Serritiello, actuando en su carácter de apoderado judicial de MULTITIENDAS MIMIS, C.A., contra la sentencia dictada el 6 de abril de 2009 por el Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparocompetenciamedidas cautelaresarrendamientosderechos constitucionalesjurisprudencia

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