Sentencia N° 1157 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 1157, Exp. 16-0713, 15/12/2016
Expediente16-0713
PonenteCALIXTO ORTEGA RIOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2016-12-15
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo interpuesto por el concejal Martín Valdelis Nadales Espinoza contra el concejal Víctor Argenis Blanco, quien se negó a entregar la Alcaldía al ciudadano José Rubén Colmenarez Campero. La Sala analizó la competencia para conocer del caso, determinando que la acción tenía trascendencia nacional debido a su impacto en la administración pública municipal y la seguridad del Estado.
Extracto de la motiva
La Sala precisó que el legislador estableció que el fuero de esta Sala para conocer de las demandas en las que se ventilen asuntos de difusividad y colectividad, en materia de protección de derechos, se encuentra determinado por los siguientes elementos: en primer lugar, un criterio objetivo, como es la naturaleza de la demanda, esto es, que verse sobre la tutela de intereses supra individuales; en segundo lugar, el ámbito territorial o geográfico de la afectación que produce la situación que se denuncia como lesiva, en cuanto a que esta tenga repercusión nacional; en tercer lugar, que una regulación especial no determine lo contrario, salvaguardando la libertad de configuración normativa del legislador respecto de materias cuya naturaleza exija un fuero especial; y, en cuarto lugar, que el asunto no verse sobre cuestiones sometidas al contencioso de los servicios públicos o electoral.
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer del amparo en tutela de derechos colectivos y difusos incoado por el concejal MARTÍN VALDELIS NADALES ESPINOZA, contra el Concejal Víctor Argenis Blanco, por su negativa a entregar la Alcaldía al ciudadano José Rubén Colmenarez Campero. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo incoada por el concejal MARTÍN VALDELIS NADALES ESPINOZA, contra el Concejal Víctor Argenis Blanco.