Sentencia N° 1156 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de julio de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1156, Exp. 08-0818, 11/07/2008
Expediente08-0818
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-07-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados, uno penal y otro civil, en relación a una demanda de amparo constitucional presentada por Felipe Jesús Morales Palma. El demandante alegó violaciones a sus derechos a la salud, trabajo y libertad económica, debido a la negativa de su empleador a permitirle acceder a los documentos necesarios para gestionar su incapacidad ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.
La Sala determinó que la naturaleza de los derechos involucrados en el caso era de carácter laboral, lo que llevó a la conclusión de que el tribunal competente para conocer del amparo era un Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. En consecuencia, se declaró la competencia de dicho tribunal y se ordenó la remisión del expediente correspondiente para su distribución.
Finalmente, la Sala Constitucional reafirmó su rol en la resolución de conflictos de competencia entre tribunales, asegurando que se respeten los derechos constitucionales de los ciudadanos en el marco de la justicia laboral.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional conoce del conflicto negativo de competencia, por la materia, que se suscitó entre el Juzgado Trigésimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la misma Circunscripción Judicial, para el conocimiento de la demanda de amparo que inició el ciudadano Felipe Jesús Morales Palma, contra el ciudadano Felipe Fernández, quien sería el presidente de Felirca Herrería, Construcciones Metálicas C.A., la cual sería patrono del demandante.
El quejoso adujo que acudió al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales y solicitó la certificación de incapacidad y la pensión de invalidez; y que, no obstante sus esfuerzos, ello no había sido posible porque, para su tramitación, se le exigen una serie de documentos que están en manos de su empleador, quien ni siquiera permite que ingrese a las instalaciones de su empresa, por lo cual fundamentó su pretensión en el quebrantamiento de sus derechos constitucionales a la vida, a la salud, al trabajo y a la libertad económica que preceptúan los artículos 43, 44, 84, 87, 89, 112 y 131 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
La Sala, para su decisión, observa: Para la determinación de la competencia por la materia que se rige por el criterio de afinidad, de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el juez deberá tener en cuenta la naturaleza de la relación jurídica que enmarque la situación cuya restitución se pretenda, consideración ésta que dará motivo a la distribución de las causas, en primera instancia, entre los jueces de la localidad con competencia en distintos ámbitos materiales.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara la COMPETENCIA de un Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para el conocimiento y decisión de la demanda de amparo que incoó el ciudadano FELIPE JESÚS MORALES PALMA contra el ciudadano Felipe Fernández. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para su distribución. Remítase, igualmente, copia certificada de esta decisión al Juzgado Trigésimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la misma Circunscripción Judicial.
Palabras clave
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